MODELO BÁSICO

Lista de chequeo 2.8.1

2.8.1 Control periódico.

1 Existe un programa de control periódico de riesgos, desarrollado a partir de los resultados de la Evaluación de Riesgos en la empresa.

Artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Evaluación de los riesgos  “.... Cuando el resultado de la evaluación lo hiciera necesario, el empresario realizará controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios, para detectar situaciones potencialmente peligrosas”. 

Artículo 3 del Reglamento de los Servicios de Prevención   “.... Cuando de la evaluación realizada resulte necesaria la adopción de medidas preventivas, deberán ponerse claramente de manifiesto las situaciones en que sea necesario....   ....controlar periódicamente las condiciones, la organización y los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores.”

En la evaluación debe ponerse claramente de manifiesto las situaciones en las que sea necesario controlar periódicamente las condiciones, la organización y los métodos de trabajo y el estado de la salud de los trabajadores. 

Por ello será necesario realizar controles periódicos tanto de la componente material de la empresa, instalaciones, máquinas, equipos de trabajo, etc., como de la componente humana, actitudes, comportamientos, etc. Será necesario realizar control periódico cuando el mantenimiento del nivel de seguridad requerido precisa de que los trabajadores mantengan unos determinados hábitos, o que un dispositivo de protección conserve sus funciones iniciales, o cuando las condiciones de trabajo puedan ser muy variables,...

Por lo tanto debe controlarse periódicamente:

  • Si las tareas se llevan a cabo de forma segura y de acuerdo con lo establecido en las instrucciones de trabajo, en el caso de que estas instrucciones existan, especialmente en los trabajos con riesgos de especial peligrosidad.
    Por ejemplo, requerirán control periódico:
      1. Los trabajos en obras de construcción, en montajes, el mantenimiento de instalaciones, etc., para controlar que se mantienen las condiciones de seguridad requeridas y comprobar que no aparecen nuevas condiciones de trabajo no evaluadas inicialmente.
      2. Aquellos trabajos en los que el cumplimiento de una norma sea indispensable:  trabajos en tensión, trabajos en espacios confinados, trabajos que exijan un procedimiento de consignación de maquinaria,..
      3. La utilización de EPI’s, en los puestos en los que sea obligatorio.
      4. La utilización correcta de los equipos de trabajo.
  • El funcionamiento de los equipos de trabajo, para ello su mantenimiento debe realizarse de acuerdo a las instrucciones del fabricante (artículo 4 del Real Decreto 1215 / 1997 y artículo 3 del Real Decreto 773/1997).

       Por ejemplo, requerirán control periódico:

      1. Cualquier dispositivo técnico cuyo mal funcionamiento pueda afectar negativamente a las condiciones de seguridad y salud del puesto, deberá ser comprobado periódicamente: los dispositivos de protección de máquinas, los de ventilación o extracción, los sistemas de protección contra incendios, los interruptores diferenciales, el alumbrado de emergencia.

Para poder realizar este control periódico de las condiciones de trabajo, en la evaluación se deberán haber puesto de manifiesto no sólo aquellas situaciones que generan riesgos no controlados sino todas aquellas situaciones en las que aún estando controlado el riesgo, deba comprobarse periódicamente que las medidas preventivas siguen siendo eficaces lo que permite seguir controlando el riesgo.

Para más información, consulte la lista de chequeo 2.4.1 EVALUACIÓN DE RIESGOS. MÉTODO.     

Respecto al control periódico del estado de salud de los trabajadores, el Artículo 22, Vigilancia de la salud, de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: “El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo”.

Para más información, consulte la lista de chequeo 2.12.1 VIGILANCIA DE LA SALUD







2 Los controles periódicos son programados.

Los controles periódicos han de formar parte de la planificación de la actividad preventiva, y del sistema de gestión de los riesgos. Para ello han de ser debidamente programados, organizados y evaluados (artículo 9 del Reglamento de los Servicios de Prevención).

Deberán ser programados al menos en las visitas a los puestos de trabajo:

    1.       La frecuencia en las visitas.
    2.       El objeto de las visitas, “que debe controlarse”.
    3.       Quién o quiénes deben realizarlas.

Deberá programarse en las inspecciones, revisiones o mantenimiento preventivo que haya que realizar en los equipos o instalaciones:

    1.       El tipo.
    2.       Los responsables.
    3.       La frecuencia.

Para más información, consulte la lista de chequeo 2.5.1 PLANIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PREVENTIVAS. MÉTODO








3 Se realizan las revisiones reglamentarias de las instalaciones, máquinas y equipos sujetos a legislación específica.

Estas revisiones las llevarán a cabo empresas acreditadas o entidades autorizadas de inspección o control, según se indique en la reglamentación que corresponda en cada caso. 

Deberá mantenerse en la empresa la documentación acreditativa de dichas revisiones.

EJEMPLO:








4 Se realiza mantenimiento preventivo y comprobaciones periódicas de los equipos de trabajo a los que se hace referencia en la evaluación, incluyendo las referentes a los riesgos higiénicos.

Debe realizarse tanto mantenimiento preventivo como comprobaciones periódicas de los equipos de trabajo (o de sus partes) que puedan sufrir deterioros susceptibles de generar situaciones peligrosas, así como de los elementos con funciones clave de seguridad de instalaciones, máquinas y equipos.

Las comprobaciones serán llevadas a cabo por personal competente y los resultados de las comprobaciones deberán documentarse y estar a disposición de la autoridad laboral (artículo 4 del Real Decreto 1215/1997).

Para estas revisiones se tendrán en cuenta las instrucciones de los fabricantes de los equipos (en el caso de no disponer de estas, por tratarse de equipos muy antiguos, podrá tomarse como referencia las realizadas para equipos similares).

La utilización de listas de chequeo específicos para cada equipo o grupo de equipos facilitará la ejecución de este mantenimiento o revisión.

En particular, debe realizarse control periódico de aquellas situaciones relacionadas con el control de riesgos higiénicos que hayan sido determinadas en la evaluación, con el objeto de comprobar periódicamente el mantenimiento de la eficacia de las medidas preventivas.

Por ejemplo, debe realizarse control periódico:

  • De aquellas partes de las instalaciones y equipos cuyo mal funcionamiento podría acarrear un aumento de las exposiciones a contaminantes químicos, ruido, vibraciones...

  • Siempre que lo indique una legislación específica, como el Real Decreto 1316/1989 de protección contra el ruido (aunque en este caso, es más una revisión de la evaluación, en este aspecto concreto, que control periódico).

  • Del correcto funcionamiento de los sistemas de control: ventilación general, sistemas de extracción localizada, aislamientos acústicos, silenciadores,...








5 Se establecen medidas preventivas a raíz de los controles periódicos que se efectúan.

Una vez detectadas deficiencias durante el control periódico, deberían implantarse las medidas pertinentes estableciendo un plazo determinado así como los responsables de llevarlas a cabo.  Estas deficiencias deberían corregirse, si simplemente son problemas derivados del deterioro de partes de equipos o de un deficiente mantenimiento, o bien incluirse como un nuevo punto de la planificación de la acción preventiva si son nuevos riesgos descubiertos al realizar el control periódico (después de evaluados y priorizados).








6 Se recoge documentalmente el resultado de los controles periódicos.

Deberán documentarse los resultados de las revisiones de instalaciones, máquinas y equipos sujetos a Reglamentos específicos.

También se documentará el mantenimiento preventivo y comprobaciones periódicas de los equipos de trabajo (o sus partes) que puedan sufrir deterioros susceptibles de generar situaciones peligrosas, así como de los elementos con funciones clave de seguridad de instalaciones, máquinas y equipos.